Aeronáutica Civil socializó resolución 0675, transporte de perros y gatos en aeronaves
- Conexión Animal
- 22 mar 2017
- 2 Min. de lectura
Hoy, 22 de Marzo de 2017, se socializó en la Aeronáutica Civil la resolución 0675 sobre el transporte de animales de compañía en aeronaves.

En esta socialización se reconoció que los animales de compañía hoy día hacen parte de los hogares, y que como parte de la familia deben estar en sus vacaciones, o viajes que realicen, también se reconoció que muchas personas con algún tipo de enfermedad y que están a distancia de su perro o gato desearían tenerlo a su lado, pero por evitar el trajín del transporte de su animal de compañía no lo hacen.
Teniendo en cuenta lo anterior, la Aeronáutica Civil decidió modificar muchos puntos frente al tema de discapacidad y frente al transporte de perros y gatos en aviones.
¿Qué se modificó?
Lo que se realizó en esta resolución, fue que, anteriormente habían unas condiciones generales y quedaba en la facultad de las aerolíneas y su política interna determinar unos requisitos para el viaje de los animales, lo que se hizo fue estandarizar el tema de la mano de las aerolíneas y del acompañamiento del ICA. Se especificó edad del animal, peso, tamaño, características del contenedor, dónde debe ir ubicado, qué deben presentar las personas en tema de salubridad y cuáles son las facultades con las que cuentan las aerolíneas para transportar al animal.
Resumen de socialización y resolución:
La persona debe presentar en vuelo nacional: carnet de vacunación y matrícula de veterinario, en vuelos internacionales; adicionar certificado de salud del animal, inspección del animal antes de viajar, el cual lo realiza el ICA.
Guacal: debe ir ubicado en el avión debajo de la silla del pasajero dependiendo de las características del avión, por eso el guacal debe tener unas medidas estándar. Se dejó en la resolución la claridad que es facultad de la aerolínea determinar si permite viajar a animales en guacal con medidas mayores a 55x35x25.
El peso establecido junto con el guacal es de 10 kilogramos máximo, teniendo en cuenta que hay ocasiones excepcionales por peso y balance donde puede variar.
El número de contenedores en el avión depende del tamaño del avión y número de sillas: si el avión cuenta con 100 sillas pueden transportar 4 animales, una capacidad superior pueden ser hasta 6 animales.
El pasajero puede abrir el guacal siempre y cuando cuente con la autorización del auxiliar de vuelo.
Animales de acompañamiento emocional: la persona debe presentar un certificado médico psicológico o psiquiátrico que establezca que la persona necesita el acompañamiento del animal, de esta manera podrá llevar a su animal de compañía en condiciones especiales.
El animal debe tener más de 8 semanas ya que si tiene una edad menor puede sufrir daños en su salud.
Si el animal se comporta agresivo la aerolínea decidirá si lo transporta o no y dónde lo transporta.
No se recomienda sedarlos, a no ser que su guía lo decida hacerlo y queda bajo su responsabilidad.
El guacal debe ser flexible para que quepa debajo del asiento, no debe ser un guacal rígido.
Mientras el animal se encuentre en las instalaciones del aeropuerto debe estar con collar, y los perros catalogados como potencialmente peligrosos deben tener bozal.
Compartimos la grabación en vivo de la socialización de la Aeronautica Civil:
